Desde nuestro “Sector Impositivo” nos informan que se incrementan los montos mínimos a partir de los cuales se deben practicar las retenciones y/o percepciones de SANTA FE a partir de la segunda quincena del mes de ABRIL 2024.
*No serán de aplicación las disposiciones sobre retenciones cuando los importes de cada pago no superen la suma de $370.000.– (pesos trescientos setenta mil) antes $60.000
*No corresponderá practicar la percepción cuando la base de cálculo de cada operación no supere los $200.000– (pesos doscientos mil) antes $30.000.
Fuente: Resolución General 0013-2024
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