Exteriorización de fondos en moneda extranjera
PUBLICADO: 19/01/2023
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Resolución General Nº 5317/2023, reglamentó las condiciones para que las personas humanas, sucesiones indivisas y personas jurídicas adhieran al régimen de incentivo a la inversión y producción.
El programa establece la posibilidad de exteriorizar tenencias no declaradas en moneda extranjera, en el país y en el exterior, y utilizarlas para cancelar importaciones de bienes y servicios destinadas a procesos productivos.
Sobre la suma declarada, expresada en moneda nacional, se deberá abonar un impuesto especial, cuyo ingreso será condición para acceder a beneficios impositivos en relación con el total exteriorizado.
La adhesión al régimen estará disponible hasta el 24 de noviembre de 2023, a través del servicio con clave fiscal “Incentivo a la Inversión y Producción Argentina – Ley 27.679”, depositando los fondos en una cuenta especial de depósito y cancelación para la inversión y producción argentina (CEPRO.Ar). Para realizarlo, el contribuyente deberá poseer constituido el domicilio fiscal electrónico y encontrarse inscripto y habilitado en el registro especial aduanero de importadores y exportadores.
Podrá consultar los detalles de los beneficios, el cálculo del impuesto especial, el procedimiento completo de adhesión y demás contenidos de interés, en el micrositio “Incentivo a la Inversión y Producción Argentina”.
https://servicioscf.afip.gob.ar/publico/sitio/contenido/novedad/ver.aspx?id=1966
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