Monotributo – Amé & Cravero https://www.ameycravero.com.ar Consultores de Empresa Mon, 15 Jan 2024 12:26:00 +0000 es-AR hourly 1 https://wordpress.org/?v=6.6.1 https://www.ameycravero.com.ar/wp-content/uploads/2023/01/logoame-png-2-150x150.png Monotributo – Amé & Cravero https://www.ameycravero.com.ar 32 32 MONOTRIBUTO. NUEVOS VALORES Y RECATEGORIZACIÓN 22/01/2024 https://www.ameycravero.com.ar/1633/ https://www.ameycravero.com.ar/1633/#respond Mon, 15 Jan 2024 12:25:59 +0000 https://www.ameycravero.com.ar/?p=1633  

A continuación compartimos actualización de los parámetros de ingresos brutos previstos por la ley de monotributo (24977), con los nuevos valores aplicables a partir del 1/1/2024. Adicionalmente recordamos que el 22/01/2024 vence la recategorización de Monotributistas.

https://www.afip.gob.ar/monotributo/categorias.asp

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Recategorización: nuevo plazo https://www.ameycravero.com.ar/500/ https://www.ameycravero.com.ar/500/#respond Mon, 23 Jan 2023 11:16:08 +0000 https://nuevo.ameycravero.com.ar/?p=500 Se extiende hasta el 27 de enero, inclusive
PUBLICADO: 20/01/2023

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el próximo 27 de enero, inclusive, el plazo para que las y los monotributistas realicen su recategorización correspondiente al semestre julio diciembre de 2022. Así lo dispuso a través de la Resolución General N° 5318/23, publicada este viernes en el Boletín Oficial. Cabe señalar que desde el 1 de este mes comenzaron a regir las nuevas escalas, por lo que los contribuyentes inscriptos en este régimen deberán recategorizarse en caso de que les corresponda.

Para evaluar si corresponde una recategorización, se debe tener en cuenta la actividad de los últimos 12 meses respecto a la facturación o alguno de los otros parámetros utilizados para el encasillamiento como la superficie afectada, los alquileres devengados anualmente o el consumo de energía eléctrica. Cuando los distintos parámetros analizados superan o son inferiores a los de la categoría vigente corresponde realizar la recategorización. El importe correspondiente a la nueva categoría se abonará al mes siguiente a la recategorización.

Por su parte, aquellos monotributistas que mantengan la misma categoría no deberán efectuar ninguna acción. Por otro lado, si transcurrieron menos de 6 meses de la inscripción en el monotributo no corresponde hacer la recategorización.

¿Cómo es el procedimiento?

  1. Ingresar al Portal Monotributo con CUIT y clave fiscal.
  2. Seleccionar la opción “Recategorizarme” y automáticamente el sistema informará la categoría actual del contribuyente y los topes de cada parámetro de esa categoría.
  3. Seleccionar “Continuar recategorización”. Luego, se debe ingresar información sobre el monto facturado en los últimos 12 meses. Con estos datos el sistema determina la nueva categoría correspondiente y se confirma en la opción “Confirmar categoría”.
  4. Imprimir nueva credencial.

https://servicioscf.afip.gob.ar/publico/sitio/contenido/novedad/ver.aspx?id=1968

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Recategorización y pago del monotributo https://www.ameycravero.com.ar/353/ Wed, 11 Jan 2023 21:28:15 +0000 https://nuevo.ameycravero.com.ar/?p=353 Nuevos valores para enero 2023
PUBLICADO: 02/01/2023

Hasta el 20 de enero las y los monotributistas deberán abonar la cuota mensual del régimen, considerando los nuevos valores vigentes publicados en monotributo.afip.gob.ar.

Además, quienes respecto de los últimos 12 meses, hubieran tenido variaciones en los ingresos brutos o alguno de los parámetros que determinan el encasillamiento deberán recategorizarse.

Aquellos monotributistas cuyos parámetros no hayan sufrido ninguna variación y mantengan la misma categoría, no deberán efectuar ninguna acción.

Cabe recordar que si transcurrieron menos de 6 meses de la inscripción en el monotributo no corresponde hacer la recategorización.

¿Cómo es el procedimiento?

  1. Ingresar al portal Monotributo con CUIT y clave fiscal.
  2. Seleccionar la opción “Recategorizarme” y automáticamente el sistema informará la categoría actual del contribuyente y los topes de cada parámetro de esa categoría.
  3. Seleccionar “Continuar recategorización”. Luego, se debe ingresar información sobre el monto facturado en los últimos 12 meses. Con estos datos el sistema determina la nueva categoría correspondiente y se confirma en la opción “Confirmar categoría”.
  4. Imprimir nueva credencial.

¿Cómo se realiza el pago?

El pago se puede realizar en cajeros automáticos Banelco o Link, con billetera electrónica, débito automático en cuenta bancaria o tarjeta de crédito o mediante un VEP a través del servicio Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos (CCMA).

El pago presencial queda habilitado únicamente para los inscriptos en el Monotributo Social, los asociados a cooperativas de trabajo y los Trabajadores Independientes Promovidos.

https://servicioscf.afip.gob.ar/publico/sitio/contenido/novedad/ver.aspx?id=1881

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