Monotributo – Amé & Cravero https://www.ameycravero.com.ar Consultores de Empresa Mon, 16 Jan 2023 20:47:45 +0000 es-AR hourly 1 https://wordpress.org/?v=6.7.1 https://www.ameycravero.com.ar/wp-content/uploads/2023/01/logoame-png-2-150x150.png Monotributo – Amé & Cravero https://www.ameycravero.com.ar 32 32 Recategorización y pago del monotributo https://www.ameycravero.com.ar/353/ Wed, 11 Jan 2023 21:28:15 +0000 https://nuevo.ameycravero.com.ar/?p=353 Nuevos valores para enero 2023
PUBLICADO: 02/01/2023

Hasta el 20 de enero las y los monotributistas deberán abonar la cuota mensual del régimen, considerando los nuevos valores vigentes publicados en monotributo.afip.gob.ar.

Además, quienes respecto de los últimos 12 meses, hubieran tenido variaciones en los ingresos brutos o alguno de los parámetros que determinan el encasillamiento deberán recategorizarse.

Aquellos monotributistas cuyos parámetros no hayan sufrido ninguna variación y mantengan la misma categoría, no deberán efectuar ninguna acción.

Cabe recordar que si transcurrieron menos de 6 meses de la inscripción en el monotributo no corresponde hacer la recategorización.

¿Cómo es el procedimiento?

  1. Ingresar al portal Monotributo con CUIT y clave fiscal.
  2. Seleccionar la opción “Recategorizarme” y automáticamente el sistema informará la categoría actual del contribuyente y los topes de cada parámetro de esa categoría.
  3. Seleccionar “Continuar recategorización”. Luego, se debe ingresar información sobre el monto facturado en los últimos 12 meses. Con estos datos el sistema determina la nueva categoría correspondiente y se confirma en la opción “Confirmar categoría”.
  4. Imprimir nueva credencial.

¿Cómo se realiza el pago?

El pago se puede realizar en cajeros automáticos Banelco o Link, con billetera electrónica, débito automático en cuenta bancaria o tarjeta de crédito o mediante un VEP a través del servicio Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos (CCMA).

El pago presencial queda habilitado únicamente para los inscriptos en el Monotributo Social, los asociados a cooperativas de trabajo y los Trabajadores Independientes Promovidos.

https://servicioscf.afip.gob.ar/publico/sitio/contenido/novedad/ver.aspx?id=1881

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